Skip to content
  1. Inicio
  2. Blog de Inbound Marketing y Ventas

Tipos de contratos en España

Índice

Las relaciones laborales dentro de una empresa se formalizan a través de un contrato de trabajo. Es por ello por lo que, a la hora de contratar a alguien, la empresa debe seleccionar entre los diferentes tipos de contratos de trabajo que existen en España, siempre adecuado a la persona y al tipo de puesto a cubrir. 

Pero ¿cuáles son los tipos de contratos que existen? ¿Qué es un contrato laboral? ¿Qué debo saber antes de firmar mi primer contrato laboral? Toma nota, ya que con la nueva reforma laboral de marzo de 2022 los contratos de trabajo sufrieron diversas modificaciones, ¡continúa leyendo para saber más!

tipo de contrato

 

¿Qué es un contrato laboral?

Un contrato laboral en España es un acuerdo legal entre un empleador y un empleado que establece las condiciones de empleo de acuerdo con las leyes y regulaciones laborales del país. En España, los contratos laborales son un componente fundamental de la relación entre empleadores y empleados y están regulados por una serie de leyes y reglamentos que establecen los derechos y obligaciones de ambas partes.

Los diversos contratos laborales pueden variar en su contenido y complejidad, pero suelen incluir ciertos elementos comunes, como:

  • La identificación de ambas partes, en el documento se debe especificar quiénes son el empleador y el empleado, incluyendo sus nombres y datos de contacto.
  • El tipo de contrato que firman las partes.
  • Una descripción del trabajo con datos básicos cómo las responsabilidades y tareas, el lugar donde se van a realizar y cualquier aspecto relevante del puesto. 
  • La fecha de inicio y fin de contrato, esta última si se trata de un contrato de carácter temporal.
  • El horario de trabajo. El contrato laboral debe incluir los días laborales y el horario del trabajador.
  • La información sobre la remuneración, incluyendo el salario base, la periodicidad de los pagos y cualquier beneficio adicional, como bonos, comisiones, o prestaciones como el seguro de salud y vacaciones pagadas.
  • Los términos y condiciones sobre la terminación, es decir, aquellas circunstancias bajo las cuales cualquiera de las partes puede dar por terminada la relación laboral, así como los procedimientos para hacerlo.
  • Las políticas de la empresa.
  • La jurisdicción legal bajo la cual se rige y la legislación aplicable en caso de disputas.

 

¿Cuáles son los tipos de contratos de trabajo que existen en España?

Una vez hemos conocido las características que comparten todos los contratos laborales, cabe destacar que, con la entrada en vigor de la reforma laboral de marzo de 2022, cuyo desglose se recoge en Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, se ha establecido una guía de contratos de trabajo por medio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en la que se establecen 4 grandes tipos de contrato, estos son:

  • Contrato indefinido
  • Contrato temporal
  • Contrato de formación en alternancia
  • Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional

A continuación, desde Occam vamos a explicarte de manera detallada qué debes conocer sobre los 4 tipos de contratos que existen en la actualidad.

 

Contrato indefinido 

Es una relación laboral que se establece sin imponer un límite de tiempo en la prestación de los servicios del empleado al empresario. Por lo tanto, lo que se espera del trabajador es un compromiso pleno y continuo con la empresa, estableciendo unas buenas relaciones laborales con unas condiciones plenas ajustadas al marco legal. 

Dicho contrato, puede estar establecido en diferentes tipos de jornada: completa, parcial o fija discontinua. El objetivo de esta nueva reforma reside en intentar limitar la temporalidad laboral e incentivar los contratos indefinidos, ya que, una vez pasados 18 meses dentro de un marco de dos años el contrato temporal debe pasar a ser indefinido. 

Entre los muchos tipos de contratos indefinidos se encuentran: 

  • Indefinido a jornada completa (40 horas) o a tiempo parcial (menos de 40 horas, pactado por la empresa y el trabajador).
  • Contratos fijos discontinuos, muy empleado por empresas de actividad estacional. Por ejemplo, un hotel.
  • Contratos indefinidos para desempleados de larga duración.
  • Contratos a distancia, cuando el trabajador no acude al lugar de trabajo habitual y desempeña su labor desde otro sitio, pero está vinculado a la empresa. 

 

Contrato temporal

Tal y como su nombre indica, es una relación laboral en la que se establece una duración determinada para la prestación del servicio del empleado a la empresa. Este tipo de contratos requieren un motivo de peso para ser vigentes, es decir, la empresa debe justificar con precisión los motivos de esta temporalidad. Normalmente las circunstancias suelen ser la necesidad de contratar a personal extra durante un tiempo definido anteriormente. 

Como ya se ha mencionado anteriormente, la reforma laboral de 2022 quiere evitar al máximo posible la temporalidad laboral, ya que el objetivo es la permanencia o la larga duración del empleado en la empresa.

Además, una clara diferencia respecto al contrato indefinido es la indemnización por finalización de la relación laboral, y es que a un contrato temporal le corresponden 12 días de salario frente a un indefinido que le corresponden 20 días si es un despido objetivo y 33 días si es improcedente (para entendimiento de todos, que sucede sin motivo previo alguno). 

Es más, con la nueva reforma desaparece el contrato por obra y servicio determinado, ya que fue hasta la fecha el que más temporalidad había introducido en España. De este modo, aunque existen también diversos tipos de contratos, lo más frecuentes en las empresas son: 

  • Contrato temporal por circunstancia de la producción 

Con un tiempo de duración máximo de 6 meses salvo excepciones que pueden llegar a un año según el convenio colectivo que se aplique, se utiliza para atender a la necesidad de un mayor número de personal en épocas determinadas. Además, tras su finalización el trabajador tiene también derecho a indemnización. 

  • Contrato temporal por sustitución

Como su nombre indica, se utiliza para sustituir a una persona a la que se le releva el puesto, por ejemplo, una baja por maternidad o el permiso por paternidad. En estos casos en el contrato se tiene que especificar a quien sustituye el nuevo trabajador y cual es la causa. En la reforma ahora se incluye que el relevo puede comenzar a desempeñar su sustitución 15 días antes de que comience la baja de su compañero.

 

Contrato de formación en alternancia 

Los dos últimos tipos de contrato de los que se va a hablar en este post podrían estar incluidos en los tipos de contratos temporales. Pero si eres joven o estudiante de una formación te gustará conocer en detalle en qué consisten estos tipos de contratos. 

Un contrato para la formación en alternancia permite al trabajador contratado compaginar su formación académica con una actividad laboral retribuida. Su ámbito de actuación incluye los estudios universitarios, las FP o las especialidades que ofrece el Sistema Nacional de Empleo. 

Este puesto de trabajo debe permitir que la formación complementaria prevista y la actividad laboral desempeñada se relacione directamente con la formación que el empleado está recibiendo. Dicho esto, te mostramos algunos aspectos clave a tener en cuenta sobre este tipo de contrato de trabajo:

  • La duración mínima del contrato será de 3 meses como mínimo y 2 años como máximo.
  • No podrán hacer horas complementarias, ni horas extraordinarias. Tampoco podrán trabajar a turno partido ni realizar un horario nocturno.
  • El tiempo de trabajo efectivo durante el primer año no puede superar el 65% de la jornada máxima durante el primer año, ni un 85% durante el segundo año de contrato. 
  • No tiene posibilidad de indemnización tras su finalización. 
  • Las empresas se pueden beneficiar de incentivos a la contratación.

 

Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional

Este y el anterior a simple vista pueden parecer el mismo contrato, pero la principal diferencia es que este contrato laboral se firma una vez el trabajador ha finalizado sus estudios. Debes tener en cuenta varios aspectos:

  • Solo podrás formalizarlo en un periodo de 3 años tras la finalización de tus estudios, o 5 años en el caso de personas con discapacidad.
  • La duración del contrato oscila entre 6 meses y un año. 
  • Podrá ser a tiempo completo o parcial.
  • Al igual que el anterior, no se podrán realizar horas extraordinarias, pero sí complementarias. 

 

Conclusión

Una vez conocido cómo se estructuran ahora los contratos de trabajo, el departamento de Recursos Humanos deberá decidir de manera correcta y justificada el tipo de contrato para su nuevo trabajador. Lo que queda claro es que el más recomendable siempre será el indefinido porque aumentará el compromiso de tu talento con la empresa. 

Además, es evidente que hay excepciones que requieren de una temporalidad, pero al haber eliminado el contrato de obra y servicio se han reducido considerablemente los contratos temporales en España, pero las otras modalidades de contratos temporales que existen recogen esas excepciones en las que es indispensable contratar a alguien de manera temporal.

Y, por último, los contratos de formación de las dos modalidades expuestas son un incentivo para ayudar a esos jóvenes a desarrollar sus habilidades y a aprender de manera más cercana en un ambiente laboral, beneficiando tanto a la empresa como al que recibe la formación. 

Si quieres conocer más acerca de RRHH, empresas y digitalización. Pincha aquí y descubre todas las posibilidades que ofrece Occam Agencia Digital con nuestro blog de Inbound Marketing.

 

Dayfice Software recursos humanos

También te pueden interesar...

¿Qué puede hacer el Inbound Marketing por tu empresa? ¿Qué puede hacer el Inbound Marketing por tu empresa?
Transformación digital en las empresas: todo lo que debes saber Transformación digital en las empresas: todo lo que debes saber
¿En qué se basan las nuevas formas de comprar y vender? ¿En qué se basan las nuevas formas de comprar y vender?